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Gestión de los riesgos de inundación

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Los ríos experimentan crecidas de forma natural, son consustanciales al entorno hídrico y morfológico de los cauces y condicionan la dinámica de los ecosistemas asociados. Pero, si por causa de intensas precipitaciones, las crecidas superan la capacidad de retención y laminación tanto de los propios cauces como de las infraestructuras hidráulicas construidas para ello, pueden provocar inundaciones potencialmente peligrosas para las personas y los bienes.

El cambio climático aumenta la frecuencia e intensidad de eventos extremos de precipitación, lo cual incrementa notablemente los riesgos y la peligrosidad de las inundaciones. La transformación antrópica de los ríos, la urbanización, la construcción de infraestructuras o el sellado de suelos, son factores que agravan los efectos destructivos de las inundaciones al dificultar la corriente natural y la capacidad de desagüe de los cauces y zonas colindantes. Además, las cuencas mediterráneas son particularmente vulnerables por su climatología y por las características geomorfológicas de sus ríos y barrancos. 

Por todo ello, es necesario adoptar medidas adecuadas de prevención y gestión, de forma planificada y coordinada entre administraciones, para reducir el riesgo y la peligrosidad de las inundaciones y limitar los impactos negativos de los fenómenos meteorológicos extremos. Esta planificación de la gestión de riesgos se realiza siguiendo el marco normativo que estableció la Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación  (Directiva de inundaciones) y su transposición al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación

Esta normativa determina que la gestión del riesgo de inundación debe llevarse a cabo a través de 3 fases consecutivas; estas fases son:

  1. ​Identificar las áreas donde pueden producirse inundaciones significativas, o Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSI), en la Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación (EPRI).
  2. Cartografiar la posible extensión de las inundaciones y los bienes y personas en riesgo en las ARPSI con la elaboración de los Mapas de Peligrosidad y Riesgo de Inundación. Estos mapas, y las ARPSI, están disponibles en el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables.
  3. Adoptar medidas adecuadas y coordinadas para reducir el riesgo de inundación en esas zonas en Planes de Gestión Integrada del Riesgo de Inundación (PGRI).

Cada una de estas fases está abierta a la participación pública y a consulta de los organismos y administraciones relevantes. Estas fases se repiten en ciclos de 6 años para su actualización.

En la actualidad están en vigor los Planes de Gestión del Riesgo del segundo ciclo, vigentes hasta el año 2027, y se está trabajando en la revisión y actualización del tercer ciclo, cuyo Plan de Gestión abarcará el periodo de 2027 a 2032.

La revisión y actualización de los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación es un proceso continuo, por ciclos de planificación, que conlleva asimismo la revisión y actualización de la evaluación del riesgo de inundación y de los mapas de peligrosidad y riesgo de inundación.

Obligaciones de los organismos de cuenca

Los organismos de cuenca deben establecer objetivos de reducción del riesgo de inundación, centrándose en reducir las consecuencias adversas de las inundaciones para la salud humana, el medioambiente, el patrimonio cultural, la actividad económica y las infraestructuras.

Al inicio de cada ciclo de planificación, en cada demarcación hidrográfica se debe realizar una Evaluación preliminar del riesgo de inundación (EPRI) con objeto de determinar aquellas zonas del territorio para las cuales se haya concluido que existe un riesgo potencial de inundación significativo o en las cuales la materialización de ese riesgo puede considerarse probable. Esta evaluación se realiza a partir de la información disponible, teniendo en cuenta las circunstancias actuales de ocupación del suelo, la existencia de infraestructuras y actividades para protección frente a inundaciones y la información suministrada por el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables y por las Administraciones competentes en la materia, así como los eventos de inundación significativos ocurridos durante el ciclo anterior.

Adicionalmente, los mapas de peligrosidad y de riesgo de inundación (MAPRI) constituyen la información fundamental en que se basan los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación. Los organismos de cuenca -en las cuencas intercomunitarias- son quienes elaboran, en colaboración con las autoridades de Protección Civil, los mapas de peligrosidad y de riesgo de inundación para aquellas áreas identificadas en la evaluación preliminar del riesgo de inundación; y en ellos se integran los que elaboran las Administraciones competentes en materia de costas, para las inundaciones causadas por las aguas costeras y de transición. Estos mapas deben someterse a consulta pública durante un plazo mínimo de tres meses. Una vez analizadas las alegaciones, se someten a informe del Comité de Autoridades Competentes y, posteriormente, se remiten al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

La información recogida en las cartografías de peligrosidad y de riesgo de inundación se integra en el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables. Con el fin de que tenga la condición de cartografía oficial, es inscrita en el Registro Central de Cartografía de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional.

Por último, los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación (PGRI) tienen en cuenta las fases anteriores y aspectos como el análisis coste-beneficio de las medidas, la extensión de las inundaciones y sus vías de evacuación y la ordenación del territorio, entre otros. Deben abarcar todos los aspectos de la gestión del riesgo de inundación, centrándose en la prevención, protección y preparación, incluyendo la previsión de inundaciones y sistemas de alerta temprana, así como la recuperación tras las avenidas. Además, pueden incluir medidas de restauración hidrológico-forestal, mejora de la retención de aguas y la inundación controlada de determinadas zonas.

Todos es​tos trabajos se realizan por los organismos de cuenca bajo la coordinación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en colaboración con las autoridades de Protección Civil de las comunidades autónomas y de la Administración General del Estado y otros órganos competentes de las comunidades autónomas, e integran la que elaboren las Administraciones competentes en materia de costas, para las inundaciones causadas por las aguas costeras y de transición.

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