En este apartado se facilitan los modelos y la información complementaria que debe presentarse para obtener la autorización de producción y suministro de aguas regeneradas procedentes de aguas urbanas para su uso en el riego agrícola, conforme a lo previsto en el artículo 109 ter del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA).
Además, con el fin de garantizar que las aguas regeneradas se usan y gestionan de forma segura, las partes responsables y los usuarios finales tienen que elaborar un Plan de gestión del riesgo de las aguas regeneradas (PGRAR), mediante el que se coordinará el conjunto de funciones dentro del sistema de reutilización de aguas. En este apartado se facilitan asimismo las plantillas y documentos de apoyo para elaborar este Plan.
La reutilización de aguas urbanas depuradas para el riego agrícola previo tratamiento de regeneración está regulada por el Reglamento (UE) 2020/741, con carácter vinculante y aplicable desde el 25 de junio de 2023, y por los artículos 109 y siguientes del TRLA. Esta normativa se completa con el Reglamento delegado (UE) 2024/1765, en lo que respecta a las especificaciones técnicas de los elementos clave de la gestión del riesgo, en vigor desde el 10 de julio de 2024.
En este enlace podrá acceder al video de la Jornada informativa sobre reutilización de aguas de la Confederación Hidrográfica del Júcar, de 2 de octubre de 2024.
Información: Contenido pendiente de adaptación al Real Decreto 1085/2024, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de reutilización del agua y se modifican diversos reales decretos que regulan la gestión del agua.
Puede solicitar más información sobre reutilización de aguas a través del correo electrónico siguiente:
informacion_regeneracion@chj.es