Confederación Hidrográfica del Júcar > Tasas y cánones > Canon por ocupación de terrenos

Canon de utilización del dominio público hidráulico: Ocupación de terrenos

Además de la tasa por informe, en el caso de aprovechamiento, ocupación o uso de dominio público hidráulico  (cauce público), se calculará la tasa correspondiente según lo que estipula el artículo 112 del Texto refundido de la Ley de Agu​as​.​​

En el caso de ocupación de terrenos de dominio público hidráulico (cauce público), el canon corresponde al producto de los metros cuadrados de superficie ocupada por el precio del terreno; al resultado se le aplica el 5 % y el resultado es el importe de la liquidación.

Los precios se aprobaron por Resoluciones de Presidencia de esta Confederación de 5 de abril de 2005 (Boletín Oficial del Estado número 147, de 21 de junio de 2005) y de 21 de diciembre de 2006 (Boletín Oficial del Estado número 53, de 2 de marzo de 2007).

Actualmente los precios son:     

CANON de OCUPACION de TERRENOs

Valor superficie ocupada (€/m2)

-

Año 2017

Tipo I

37,26

Tipo II

18,63

Tipo III

12,44

Tipo IV

8,70

Tipo V

7,45

Tipo VI

2,50

 

INSTALACIÓN DE PANTALÁN DE AMARRE

Valor superficie ocupada (€/m2)

-

Año 2017

Desembocadura en ríos

620,98

Embalses

310,47

Tramos ríos interiores

310,47

Volver

​ 


Avda. Blasco Ibáñez, 48
46010 - Valencia
Tel: 96 393 88 00
E-mail: contacto@chj.es

Copyright © Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A.