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Órganos de participación y planificación

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Organigrama de órganos de planificación Órganos de participación y planificación Consejo del Agua de la demarcación Comisión de Planificación Hidrológica y Participación Ciudadana Otras comisiones

El Consejo del Agua de la Demarcación

La Ley 62/2003, de transposición de la Directiva Marco del Agua introduce unas cuantas modificaciones en la Ley de Aguas. Entre ellas, se redefine la cuenca hidrográfica y se crea la figura de la Demarcación Hidrográfica. Asimismo, crea el Consejo del Agua de la Demarcación (que sustituye al antiguo Consejo del Agua de Cuenca). Según esta trasposición, este órgano pasa a tener un papel crucial en materia de participación y planificación, dados sus atributos.

Estructura:

  • El Consejo del Agua de la demarcación podrá actuar en Pleno y en Comisiones.
  • El Pleno podrá acordar la constitución de comisiones específicas para el estudio e informe de los asuntos que aquél decida encomendarle.
  • Existirá, en todo caso, una Comisión de Planificación Hidrológica y Participación Ciudadana para el estudio e informe de los asuntos que el Pleno decida encomendarle en relación con la planificación hidrológica y la participación ciudadana.

Composición:

Establecida por Real Decreto 255/2013, de 12 de abril.

  • Presidente, el del Organismo de cuenca.
  • Secretario, el Secretario General del Organismo de cuenca.
  • Departamentos ministeriales relacionados con la gestión de las aguas y el uso de los recursos hidráulicos:
    • Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, tres vocales.
    • Industria, Energía y Turismo, dos vocales.
    • Fomento, dos vocales.
    • Hacienda y Administraciones Públicas, dos vocales.
    • Sanidad y Servicios Sociales e Igualdad, un vocal.
    • Defensa, un vocal.
    • Interior, dos vocales.
    • Economía y Competitividad, un vocal
  • Servicios técnicos del Organismo de cuenca: El Comisario de Aguas, el Director Técnico y el Jefe de la Oficina de Planificación Hidrológica.
  • Un vocal por cada una de las unidades periféricas de Alicante, Valencia y Castellón (Dirección General de la Sostenibilidad de la Costa y el Mar)
  • Capitanías Marítimas de Alicante, Valencia y Castellón, un vocal por cada una. 
  • Autoridades Portuarias de los puertos de interés general de Alicante, Valencia y Castellón, un vocal por cada una. En representación de los puertos de titularidad autonómica, un vocal por la Comunidad Valenciana.
  • Comunidades Autónomas:
    • Aragón, dos vocales.
    • Castilla-La Mancha, seis vocales.
    • Cataluña, un vocal.
    • Región de Murcia, un vocal.
    • Comunidad Valenciana, once vocales.
  • Entidades Locales, cuyo territorio coincida total o parcialmente con el de la demarcación, tres vocales.
  • Usuarios, veintinueve vocales.
  • Asociaciones y organizaciones de defensa de intereses ambientales, económicos y sociales relacionadas con el agua, seis vocales, con la siguiente distribución: asociaciones agrarias, dos vocales; asociaciones ecologistas, dos vocales; asociaciones empresariales, un vocal y organizaciones sindicales, un vocal.

  

Funciones:

  • Promover la información, consulta  y participación pública en el proceso planificador.
  • Elevar al Gobierno, a través del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente el Plan Hidrológico de la demarcación y sus ulteriores revisiones.
  • Informar las cuestiones de interés general para la demarcación.
  • Informar las cuestiones relativas a la protección de las aguas y a la mejor ordenación, explotación y tutela del dominio público hidráulico o las que le sean encomendadas por el Presidente o la Junta de Gobierno del Organismo de cuenca.
  • Informar la propuesta de la Junta de Gobierno de proceder a la revisión del Plan Hidrológico.
  • Emitir informe preceptivo sobre el esquema provisional de temas importantes en materia de gestión de aguas previsto en el artículo 79.6 del Reglamento de Planificación Hidrológica aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio.
  • Emitir informe preceptivo sobre la propuesta de proyecto de Plan Hidrológico y sus ulteriores revisiones con carácter previo a su envío al Gobierno par su aprobación.
  • Informar los planes especiales de actuación en situaciones de alerta y eventual sequía con carácter previo a su aprobación.
  • Informar la delimitación de los perímetros de protección de acuíferos, con carácter previo a su aprobación por la Junta de Gobierno.
  • Informar acerca de las modificaciones sobre la anchura de las zonas de servidumbre y de policía, del dominio público hidráulico, con carácter previo a su aprobación por la Junta de Gobierno.
  • Cualesquiera otras que le vengan legalmente atribuidas.

Composición del Consejo del Agua de la Demarcación

 

La Comisión de Planificación Hidrológica y Participación Ciudadana

Se encarga del estudio e informe de los asuntos que el Pleno del Consejo del Agua de la demarcación  decida encomendarle en relación a la planificación hidrológica y la participación ciudadana.

Composición:

  • La Comisión de Planificación Hidrológica y Participación Ciudadana estará presidida por el Presidente del Consejo del Agua de la demarcación e integrada por vocales de dicho Consejo, en la siguiente forma: tres por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, uno por el Ministerio de Fomento, uno por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, uno por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y uno por el Ministerio de Economía y Competitividad; por las Comunidades Autónomas, los siguientes representantes: uno por Aragón, dos por Castilla-La Mancha, uno por Cataluña, uno por la Región de Murcia y tres por la Comunidad Valenciana; doce representantes de los usuarios, debiendo estar representados siempre los usos de abastecimiento, regadíos y usos energéticos; dos representantes de las entidades locales cuyo territorio coincida total o parcialmente con el de la demarcación y cuatro representantes de las asociaciones y organizaciones de defensa de intereses ambientales, económicos y sociales relacionados con el agua, distribuidos de la siguiente manera: uno representando a los intereses ambientales, uno a los económicos, uno a los sindicales y uno a los agrarios.
  • La elección del representante de cada grupo se hará entre sus miembros y por un período de tres años. Además se integrarán en la Comisión el Comisario de Aguas, el Director Técnico y el Jefe de la Oficina de Planificación Hidrológica del Organismo de cuenca. Como Secretario de la Comisión actuará el Jefe de la Oficina de Planificación Hidrológica. 

Composición​ de la Comisión de Planificación Hidrológica y Participación Ciudadana 

 


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