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El Plan Hidrológico de cuenca (RD 1/2016, de 8 de enero) establece en su artículo 20. C). 9 lo siguiente:
"Se reservan 6,5 hm3/año de recursos subterráneos de la masa de agua subterránea de Requena-Utiel para atender futuros crecimientos en la unidad de demanda urbana de Subterráneos de Requena y de la industria de la zona, así como para la adecuación de concesiones de regadío y redotaciones en la comarca Requena-Utiel. Esa reserva podrá materializarse una vez se realice un plan de explotación de la masa de agua subterránea".
Para la elaboración del plan de explotación se realizaron 4 reuniones con los usuarios (agrícolas, urbanos e industriales) donde se analizó la problemática existente y se plantearon diferentes posibilidades para la materialización de la reserva en función de la dotación a aplicar al cultivo de la vid, el olivar y los frutales de fruto seco. Como resultado de estas reuniones, se llegó a un consenso entre todos y se elaboró el Plan de explotación de la masa subterránea 080.133-Requena-Utiel. Este plan de explotación se aprobó por la Junta de Gobierno en su sesión del 20 de diciembre de 2016.
Pasado el período de vigencia del primer plan de explotación y aprovechando la experiencia acumulada tanto por parte del Organismo de cuenca como de la Junta central de usuarios de la masa de agua subterránea 080.133 Requena-Utiel, se puso de manifiesto la necesidad de revisar el plan de explotación, realizando ajustes en ciertos aspectos. Cabe destacar, entre otros, la actualización de las series piezométricas o la mejora en la metodología para evaluar si el año es húmedo, seco o medio. Esta revisión del plan de explotación se aprobó por la Junta de Gobierno en su sesión del 18 de diciembre de 2020.
A continuación, se pueden descargar tanto la revisión del plan de explotación de diciembre de 2020, como el primer plan de explotación de diciembre de 2016:
El capítulo XI del Plan de explotación establece que se publicará anualmente un seguimiento de la evolución de los recursos subterráneos y superficiales en la página web del Organismo. Así mismo, la primera semana de mayo se publicará información pluviométrica del año hidrológico en curso, en base a la que se establecerá la dotación para riego de ese año.
A continuación, se muestran los informes de seguimiento anual donde se puede consultar la evolución del nivel piezométrico en la masa de agua subterránea, así como el volumen embalsado, las entradas y salidas del embalse de Forata y el caudal circulante del río Magro en Requena.
Campaña del año hidrológico 2023/2024 (descargar informe)
Dotación a aplicar: el periodo diciembre 2023 – abril 2024 corresponde a un año seco y, por tanto, la dotación bruta establecida para el cultivo de la vid, el olivar y los frutales de fruto seco para la campaña de riego del año 2024 se fija en 900 m3/ha/año, de acuerdo al Plan de explotación.
Campaña del año hidrológico 2022/2023 (descargar informe)
Dotación a aplicar: el periodo diciembre 2022 – abril 2023 corresponde a un año seco y, por tanto, la dotación bruta establecida para el cultivo de la vid, el olivar y los frutales de fruto seco para la campaña de riego del año 2023 se fija en 900 m3/ha/año, de acuerdo al Plan de explotación.
Campaña del año hidrológico 2021/2022 (descargar informe)
Dotación a aplicar: el periodo diciembre 2021 – abril 2022 corresponde a un año normal y, por tanto, la dotación bruta establecida para el cultivo de la vid, el olivar y los frutales de fruto seco para la campaña de riego del año 2022 se fija en 600 m3/ha/año, de acuerdo al Plan de explotación.
Campaña del año hidrológico 2020/2021 (descargar informe)
Dotación a aplicar: el periodo diciembre 2020 – abril 2021 corresponde a un año húmedo y, por tanto, la dotación bruta establecida para el cultivo de la vid, el olivar y los frutales de fruto seco para la campaña de riego del año 2021 se fija en 450 m3/ha/año, de acuerdo al Plan de explotación.
Campaña del año hidrológico 2019/2020 (descargar informe)
Dotación a aplicar: el periodo octubre 2019 – abril 2020 corresponde a un año húmedo y por tanto, la dotación bruta establecida para el cultivo de la vid, el olivar y los frutales de fruto seco para la campaña de riego del año 2020 se fija en 450 m3/ha/año, de acuerdo al Plan de explotación.
Campaña del año hidrológico 2018/2019 (descargar informe)
Dotación a aplicar: el periodo octubre 2018 – abril 2019 corresponde a un año medio y por tanto, la dotación bruta establecida para el cultivo de la vid, el olivar y los frutales de fruto seco para la campaña de riego del año 2019 se fija en 600 m3/ha/año, de acuerdo al Plan de explotación.
Campaña del año hidrológico 2017/2018 (descargar informe)
Dotación a aplicar: el periodo octubre 2017 – abril 2018 corresponde a un año seco y por tanto, la dotación bruta establecida para el cultivo de la vid, el olivar y los frutales de fruto seco para la campaña de riego del año 2018 se fija en 900 m3/ha/año, de acuerdo al Plan de explotación.
Campaña del año hidrológico 2016/2017 (descargar informe)
Dotación a aplicar: el periodo octubre 2016 - abril 2017 corresponde a un año húmedo y por tanto, la dotación bruta establecida para el cultivo de la vid, el olivar y los frutales de fruto seco para la campaña de riego del año 2017 se fija en 450 m3/ha/año, de acuerdo al Plan de explotación.