El azud se encontraba, desde hacía más de tres años, sin ningún uso ni aprovechamiento, y carecía de concesión vigente, así como de titularidad
Se encontraba muy deteriorado, carecía de mantenimiento y suponía un peligro para la seguridad de las personas y los bienes al usarse como paso para cruzar el río
Se pretende asegurar la continuidad fluvial del río Albaida, ya que el azud ponía en riesgo el cumplimiento de los objetivos ambientales, de acuerdo con una medida específica del Plan Hidrológico de la Demarcación.
08 de julio de 2022-. La Confederación Hidrográfica del Júcar ha comenzado los trabajos de demolición del azud del Molí Malanya, en el río Albaida, en el municipio de Bellús, con el doble objetivo de eliminar el peligro que supone para las personas su falta de mantenimiento y asegurar la continuidad fluvial del río.
El azud se encontraba sin ningún uso ni aprovechamiento, desde hacía más de tres años, y carecía de concesión vigente. Debido a la falta de titular y por tanto de mantenimiento, se encontraba muy deteriorado y suponía un peligro para las personas, pues era utilizado como vía de paso para cruzar el río, careciendo de cualquier medida de seguridad.
Eliminación de azudes para mejorar la conectividad longitudinal del ríoUn azud es una estructura hidráulica que se emplaza de forma transversal al cauce de un río, con el objeto de generar una barrera para sobreelevar el nivel del agua y provocar que un porcentaje del caudal se desvíe hacia otro sistema de conducción, por ejemplo, una acequia. Originariamente, los azudes eran utilizados para el riego, pero también para desviar el río y producir fuerza motriz para molinos y otras infraestructuras hidráulicas.
Sin embargo, la construcción de azudes ha generado cambios drásticos en las condiciones naturales de nuestros ríos, por la alteración del régimen natural de los caudales y de su velocidad, así como por el efecto barrera que producen en el flujo de sedimentos y en los desplazamientos de la ictiofauna, especialmente en el caso de especies migratorias.
Dentro del Marco de la Estrategia Nacional de Restauración de Ríos, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD), y a través de los objetivos ambientales fijados en los respectivos Planes Hidrológicos de las Demarcaciones Hidrográficas, se fomenta la eliminación de azudes obsoletos para recuperar la continuidad longitudinal de los ríos y, hasta donde sea posible, sus condiciones naturales.La eliminación de estos azudes conlleva grandes beneficios ambientales, entre otros:
Mejoras en la conectividad fluvial para procesos biológicos y especies.
Favorece el funcionamiento hidromorfológico y la dinámica de los sedimentos, evitando problemas de erosión aguas abajo, así como el aporte de dichos sedimentos a los deltas y las playas.
Implementa las características naturales del hábitat físico tales como velocidad del agua, sustrato, lugares de refugio, etc.
Contribuye a mejorar la calidad del agua.
Contribuye a recargar los acuíferos.
En el caso del azud del Molí Malanya, su presencia podría poner en peligro la eficacia de las actuaciones de eliminación de la especie invasora Arundo donax que se están realizado en el municipio de Bellús, ya que la acumulación y sedimentación de limos aguas arriba propicia la aparición y dispersión de esta especie exótica invasora.
La eliminación de este azud está contemplada en la medida del Plan Hidrológico del Júcar 2015-2021 denominada: “08M0233 - Mejora de la conectividad longitudinal en los ríos Clariano, Micena, Cànyoles, Barcheta, Albaida y Rambla Casella”.
Legislación aplicableLa eliminación de azudes tiene su soporte y justificación en varias normas legislativas. Por una parte, en el apartado a) del artículo 92 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, que establece entre los objetivos de la protección de las aguas y del dominio público hidráulico, “prevenir el deterioro, proteger y mejorar el estado de los ecosistemas acuáticos, así como de los ecosistemas terrestres y humedales que dependan de modo directo de los acuáticos en relación con sus necesidades de agua.”Por otra parte, el artículo 28.1 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, regula la protección del dominio público hidráulico y las actuaciones en zonas inundables, de modo que impone la obligación de que: “en el dominio público hidráulico se adoptarán las medidas necesarias para corregir las situaciones que afecten a su protección, incluyendo la eliminación de construcciones y demás instalaciones situadas en el mismo”.
De acuerdo con ello, cuando el Organismo de cuenca tenga constancia de la existencia de una infraestructura abandonada en el dominio público hidráulico, habrá de proceder a su demolición y retirada posterior de los residuos y escombros correspondientes, eliminando la barrera física y restituyendo la conectividad longitudinal del cauce.
Respeto del patrimonio hidráulicoCon el objetivo de salvaguardar la información patrimonial correspondiente a esta infraestructura, antes de proceder a los trabajos de demolición, la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., ha encargado un estudio arqueológico previo, por parte de un técnico competente, destinado a determinar los posibles valores culturales, históricos y patrimoniales del azud, acompañado de un proyecto de seguimiento arqueológico de los trabajos de demolición para documentar las actuaciones.
La demolición será parcial, afectando sólo a la zona central del azud, eliminando, de esta manera, la barrera física y restituyendo el perfil longitudinal natural del lecho del río. En cambio, se conservarán los estribos del azud, con el fin de preservar un testimonio de la arquitectura hidráulica de nuestro territorio.
Por último, la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., instalará una cartelería informativa en el entorno del azud que dará testimonio de la historia de la infraestructura anteriormente existente, a fin de dar relevancia a los valores culturales de la misma.