Modalidades de reutilización
El artículo 4.2 de la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, señala que:
“Las Administraciones y organismos del sector público podrán optar por que los distintos documentos que obran en su poder sean reutilizables de acuerdo con alguna o algunas de las siguientes modalidades:
Condiciones generales
El artículo 7 del Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, para el ámbito del sector público estatal, recoge las condiciones generales de puesta a disposición de los documentos reutilizables, indicando que:
“Serán de aplicación las siguientes condiciones generales para todas las modalidades de puesta a disposición de los documentos reutilizables:
Dichas condiciones generales, recogidas en nuestro Aviso legal y disponibles con carácter permanente bajo “www.datos.gob.es/avisolegal”, vincularán a cualquier agente reutilizador por el mero hecho de hacer uso de los documentos sometidos a ellas, sin perjuicio de las condiciones particulares a las que, en su caso, puedan estar sujetos aquellos documentos puestos a disposición del público conforme a la modalidad contemplada en los apartados b) y c) del artículo 4.2 arriba reseñado.