Preguntas frecuentes

Pregunta

¿Qué sucede cuando se produjo la suspensión de la liquidación recurrida en período voluntario y con posterioridad la resolución del recurso confirma el acto impugnado?

Respuesta

La notificación de la resolución iniciará el plazo de ingreso previsto en el artículo 62.2 de la Ley General Tributaria:
- Si la notificación se realiza entre los días uno y 15 del mes, desde la fecha de recepción de la
  notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil
  siguiente.
- Si la notificación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de recepción de la
  notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato
  hábil siguiente.

Si la suspensión se produjo en período ejecutivo, la notificación de la resolución determinará la procedencia de la continuación o del inicio del procedimiento de apremio, según que la providencia de apremio haya sido notificada o no, respectivamente, con anterioridad a la fecha en la que surtió efectos la suspensión.