Pregunta
Respuesta
El canon de control de vertidosse liquida conforme a lo establecido en el capítulo II del título IV del RealDecreto 849/86, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio PúblicoHidráulico (RDPH).
Volumen anual = Volumen de vertido autorizado.Para los vertidos no autorizados se aplicará lo establecido en el art. 292 delRDPH.
Precio básico= 0,01653 para vertido urbano oasimilable; 0,04132 para vertido industrial.
K2 = Coeficiente que depende de la naturalezadel vertido
K3 = Coeficiente que depende del grado decontaminación del vertido
K4 = Coeficiente que depende de la calidadambiental del medio físico en el que se vierte
Días de imputación = Nº de días que se vierte alaño
Canon CV = Volumen anual x preciobásico x K2 x K3 x K4 x Días de imputación/365
Los valores de K2, K3, y K4 sedescriben en el anexo IV del RDPH, así como especificaciones sobre el canon depiscifactorías, refrigeración, achique de minas y vertidos de procedenciaurbana no asimilables a urbanos por contener más de un 30% de volumenindustrial.