Preguntas frecuentes

Pregunta

Somos una empresa de turismo activo y deseamos ejercer nuestra actividad en la Demarcación de la Confederación Hidrográfica del Júcar ¿Qué debemos hacer?

Respuesta

Como empresa de turismo activoque dispone de diversas embarcaciones, para poder navegar en cauces o embalses dentrodel ámbito de la Confederación Hidrográfica del Júcar deberá presentarcumplimentado:

No se precisa declaraciónresponsable para el uso de medios de flotación que, por su tamaño ycaracterísticas, puedan ser considerados como complementarios delbaño, (sólo se podrán utilizar en masas de agua donde no esté prohibido elbaño), a los que se equiparan, a estos efectos, las embarcaciones u otrosartefactos de navegación de eslora o longitud inferior a 2,5 metros engeneral y para embarcaciones u otros artefactos de navegación deeslora o longitud inferior a 1,5 metros en masas afectadas por lapresencia de mejillón cebra. (Resolución de laPresidencia de la Confederación Hidrográfica del Júcar enero 2015).

Asimismo, debe tener en cuentaque, tal y como establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común delas Administraciones Públicas, las personas jurídicas son sujetos obligadosa relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, así como susrepresentantes, por lo que deberán contar necesariamente con CIF, razón social,certificado digital para iniciar el procedimiento a través de SedeElectrónica.

Puede consultar esta y otrainformación en el apartado Navegación(chj.es) de nuestro portal web.